AMÉRICAS

Acoso sexual en el entorno laboral

Según la CEPAL, sólo 15 países de la región tienen regulaciones legales para combatir el acoso sexual en el entorno laboral

Acoso sexual en el entorno laboral

El acoso y hostigamiento sexual en las áreas de trabajo se ha convertido en un problema difícil de tratar. De los 46 países que hacen parte del CEPAL (Comisión Económica para América Latina y el Caribe), actualmente solo 15 naciones tienen dentro de sus políticas sanciones legales para castigar a quienes sometan a otras personas a mantener relaciones sexuales en condiciones laborales por medio de chantajes.

Cabe resaltar que el acoso laboral, de acuerdo con El Tiempo, es toda conducta persistente y demostrable sobre un colaborador que infunda miedo y pueda causar perjuicio laboral. El acoso laboral contempla el daño al bienestar físico, mental y sexual y puede provocar problemas psicológicos y profesionales en la víctima.

Un ejemplo claro, de acoso sexual en el entorno laboral, es cuando el gerente o jefe de una organización condiciona el trabajo de su secretaria a cambio de favores sexuales. Debido a la necesidad económica de la persona y el temor de perder su empleo, esta se ve obligada a aceptar este tipo de situación y, asimismo, a no denunciar el caso.

‘Mobbing’: Hombres y mujeres lo padecen

La mayoría de personas perjudicadas por estos hechos son las mujeres. Los comportamientos físicos, conductas verbales o señas que inciten o insinúen acciones de connotación sexual, suelen entenderse como injuriosos o inicuos por la persona que se considera afectada en su integridad mental.
En muchas ocasiones, estos acontecimientos surgen en el transcurso de un asunto profesional, por lo que el comportamiento puede tornarse frecuente en el ámbito laboral, llegando a ser molesto o incómodo.

Es importante resaltar que, si bien las mujeres padecen con mayor frecuencia acoso sexual dentro de sus entornos laborales, los hombres igualmente sufren graves incidentes de acoso laboral. Aunque el ‘mobbing’, como se le conoce en inglés, no parece afectar al género masculino, lo cierto es que ellos también lo experimentan.

De acuerdo con el Instituto de la Mujer, Rosa María Peris en su proyecto de investigación Acoso psicológico y acoso sexual en el trabajo, encontró que el 58% de los hombres sufren de acoso en sus empleos. De hecho, se ha diagnosticado que el género masculino es acosado laboralmente en relación con actividades directamente relacionadas con sus funciones y trabajo, mientras que el acoso a las mujeres se manifiesta al atentar contra sus relaciones laborales dentro de la organización y su vida íntima.

No obstante, de las 15 naciones que han estado luchando por proteger el bienestar de las víctimas de acoso laboral y hostigamiento sexual a través de sus legislaciones, solamente 8 de ellas incorporan este tema en los medios educativos. Estos países son Costa Rica, Ecuador, Honduras, México, Panamá, Perú, Uruguay y Venezuela.

El Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe (OIG), ha manifestado de manera firme su preocupación acerca de este problema y ha asegurado que este tipo de acoso recurrente contra los hombres y mujeres perjudican su autonomía y su moral. En México las estadísticas arrojan que el 44% de la población profesional ha tenido que lidiar con este tipo de acontecimientos en sus actividades dentro de las empresas. Mientras que, en Colombia, durante los dos últimos años se han realizado 127 denuncias de acuerdo con este tema, según la ministra de Trabajo, Griselda Janeth. Aunque también resalta que muchas mujeres lo mantienen bajo la sombra.

¿Qué hacer si es víctima de acoso laboral?

1.    Si considera que está siendo víctima de acoso en su lugar de trabajo, lo primero que debe hacer es identificar a la persona y hacerle saber que no se siente cómodao.
2.    En caso de que la situación continúe, diríjase a Recursos Humanos para hacerle saber a la compañía del hecho y así activar el protocolo establecido al interior de la empresa.
3.    Si la mediación de la compañía no surte efecto, diríjase al Ministerio de Trabajo -o autoridades respectivas- para realizar el trámite correspondiente.
*En caso de tener pruebas que comprueben el acoso, es importante anexarlas al proceso legal

Es importante resaltar que la OIT (Organización Internacional del Trabajo) afirma que este tipo de abusos no solamente se producen en lugares de trabajo, sino que también se presentan a nivel externo:  en gimnasios, en reuniones, en los medios de transporte, incluso, en los hogares donde las perjudicadas son especialmente las empleadas de servicio.

Esta organización aspira, a través de sus proyectos de protección laboral, que para el 2019 el ‘mobbing’ haya terminado.  

LatinAmerican Post | Brnadon Martínez
Copy edited by Marcela Peñaloza

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